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Implicaciones por mal uso de Incoterms
En este boletín te hablaremos sobre los Incoterms, enfatizando su importancia en las operaciones de comercio exterior que las empresas realizan y su correcto uso, a fin de evitar multas y complicaciones con la autoridad correspondiente.
Comencemos definiendo que los Incoterms son términos estandarizados de forma global utilizados en contratos de compraventa internacional a fin de definir las condiciones de entrega de las mercancías, así como establecer responsabilidades, costos y riesgos asociados al transporte y la entrega de las mismas entre el exportador y el importador.
Por consecuencia los Incoterms terminan afectando el valor en aduana de las mercancías, el cual se conforma principalmente del costo de la mercancía más los incrementables como los fletes, seguros, envases y embalajes, regalías y otros cargos que corran a cargo del importador y no estén incluidos en el precio pagado indicado en el título III “CONTRIBUCIONES, CUOTAS COMPENSATORIAS Y DEMÁS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR”, capítulo III “BASE GRAVABLE”, sección “PRIMERA” de la Ley Aduanera.
En años anteriores, los Incoterms no eran analizados directamente por parte de la autoridad aduanera, ya que se consideraban reglas internacionales que las partes podían manipular hasta cierto punto por lo que se centraban únicamente en el monto de los incrementables. Sin embargo, a partir de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior específicamente a su anexo 19 en el cual se agregó el numeral 29, dado a conocer el 26 de octubre del 2020, mismo que podrá ser objeto de multas; un ejemplo de estas es de conformidad según el art. 184 Frac. III por dato inexacto, generando una sanción aplicable de entre $2,330.00 a $3,310.00 según el art. 185 Frac. II de la Ley Aduanera.
Lo mencionado anteriormente dotó a la autoridad de la facultad para determinar si el Incoterm declarado es objeto de multa. Lo que género que en años recientes se esté presentado un aumento del proceso de verificación respecto al desarrollo de auditorías, incrementado de manera importante la revisión de este punto por medio de los mecanismos electrónicos.
Tomando en cuenta todo lo anterior, para los importadores resulta fundamental declarar el valor aduana como se debe, tomando en cuenta todas las consideraciones para calcularlo. De no ser así, se puede caer en el supuesto de la omisión de contribuciones, dando pie a que la autoridad pueda detectarlas y de esta manera provocar desde una sanción o multa por datos inexactos, hasta multas adicionales por evasión de impuestos que puede llegar a poner en aprietos las finanzas de las empresas.
El error más común en el que normalmente se incurre es la incongruencia entre el Incoterm que se utiliza y los incrementables que se declaran en el pedimento, un ejemplo claro es cuando los costos de la transportación internacional de la mercancía corren a cargo del importador lo que genera que se consideren como gastos incrementables y deberían declararse como tal en el pedimento, así como incluirlo en el Valor en Aduana, y pagar las contribuciones correspondientes, pero por error o desconocimiento el flete no se declara o no se considera, lo que expone a la empresa a multas por parte de la autoridad.
Por otro lado, contamos con el concepto de “decrementables”, que si bien siempre ha existido, no se había considerado de forma puntual su consideración, que implica los gastos que se hayan efectuado por concepto de la operación de importación y que se efectúen en México, por lo que dichos gastos podrán ser considerados para disminuir el valor en aduana.
Ahora bien, para efectos de que estén considerados como decrementables, es necesario se encuentren reflejados en el precio pagado al proveedor, es decir, si el gasto es efectuado directamente por el importador, no podrán considerarse como decrementables. Por lo que resulta relevante considerar el Incoterm en estos casos, y siendo que la familia de las “D” (DAP, DDP, DPU) el proveedor absorbe los gastos y riesgos en destino, podremos entonces si considerarlo.
En resumen, a todo lo anterior, resulta muy importante realizar la correcta declaración de los Incoterms utilizados en tus operaciones comerciales, principalmente para temas de valoración aduanera, con el objetivo principal de evitar posibles multas o sanciones. Para ello, en TRC Group siempre estamos dispuestos a apoyar a tu empresa a fin de evitar, corregir y solventar todas tus dudas y complicaciones en este importante tema.