Beneficio IMMEX cumplidas

Beneficio para empresas IMMEX cumplidas

A partir del 20 de diciembre de 2024 se prohibió la importación temporal al amparo del programa IMMEX de mercancías clasificadas en los capítulos 61,62,63 y subpartidas 9404.40 y 9404.90, conforme lo establecido en el artículo segundo del decreto que modificó la TIGIE (tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación) y el Decreto IMMEX (Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación), publicado en el DOF (Diario Oficial de la Federación) el 19 de diciembre de 2024.

En respuesta a esto, la Subsecretaría de Industria y Comercio consideró necesario ofrecer criterios y requisitos para eximir a las empresas cumplidas con las obligaciones del Decreto IMMEX y la normativa correspondiente, de dicha prohibición.

Es así que el 13 de enero de 2025, a través de la publicación en el portal SNICE del oficio 400.2025.001, se dieron a conocer los siguientes requisitos para poder importar, al amparo del programa IMMEX, las mercancías prohibidas en el Anexo I:

  1. Ser empresa certificada por el SAT, con autorización vigente (no suspendida ni con inicio de cancelación).
  2. Otorgar a la autoridad el acceso a su Anexo 24, conforme lo señalado en el apartado C.
  3. Solo se podrán llevar a cabo nuevas operaciones de comercio exterior de mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias que hayan importado en los últimos 12 meses.
  4. Solicitar la aplicación de dicho oficio, de forma física en la oficialía de partes de la DGFCCE (Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior) o por correo electrónico, a través de una carta petición que cumpla lo siguiente:
    • Cumplir con los requisitos establecidos en la regla 1.3.5 de las Reglas y Criterios que emite la Secretaría de Economía.
    • Manifestar su deseo e intención de ser favorecido de los criterios y lineamientos, establecidos en dicho oficio
    • Incluir un listado de la documentación con la que acredite el cumplimiento del punto 1 y 2.


Si es por correo:

  1. El correo electrónico deberá contener nombre de la personal moral, Registro Federal de Contribuyentes, número de Programa IMMEX y nombre completo del representante legal que lo envía.
  2. No podrá exceder de 20 Megabytes (MB). En caso de exceder, se podrá adjuntar la liga de acceso a la misma para su descarga con los permisos correspondientes.
  3. Incluir un índice, especificando los documentos, número de fojas que incluyen, y tamaño de los archivos que se incluyen en dicha liga.
  4. Enviarse en correos subsecuentes que deberán ir numerados en el orden respectivo o cronológicamente para su debida identificación.


Asimismo, se recomienda tener en cuenta lo siguiente:

  • Una vez presentada la solicitud, la autoridad tendrá un plazo no mayor a quince días hábiles para emitir resolución o requerimiento.
  • En caso de requerimiento, se otorgará por única ocasión un plazo de cinco días hábiles para que subsane.
  • En caso de rechazo, no podrán volver a solicitarlo.
  • La autoridad en cualquier momento puede verificar la información, incluyendo la solicitud de informes u opiniones a otras autoridades nacionales o extranjeras.
  • De no cumplir con alguna de las obligaciones establecidas en el Decreto IMMEX, se retirará el beneficio.
  • Los criterios y requisitos mencionados tendrán una vigencia de 6 meses contados a partir del 13 de enero de 2025.


Si necesitas ayuda para gestionar la solicitud de este beneficio, en TRC estamos a tu disposición para brindarte orientación y acompañarte en cada paso del proceso, garantizando que cumplas con todos los criterios y requisitos necesarios.

No dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Pablo Emilio Guerrero Peimbert

Socio Área Legal

Experiencia laboral

  • Socio de la firma TRC Group, especializado en aduanas y comercio exterior.
  • Con más de 18 años de experiencia en la materia, ha dado asesoría preventiva a empresas nacionales e internacionales, en planeación e implementación de estrategias de operación aduanera y comercio exterior, tratados internacionales, verificaciones de origen, aplicación de reglas de origen para exportadores y beneficios arancelarios para importadores.
  • Tiene experiencia en la operación de los distintos regímenes aduaneros, en especial trabajando con empresas IMMEX.
  • Ha liderado la implementación de auditorías preventivas, consultas de clasificación arancelaria, aplicación y gestión de Regulaciones y Restricciones no Arancelarias, así como de programas de fomento y certificaciones.
  • Ha apoyado a empresas dando atención y desahogo a facultades de comprobación, así como procedimientos administrativos como PAMA y PAE, llevando procedimientos de defensa en Alegatos, Recurso de Revocación, Juicio Contencioso Administrativo, así como acuerdos conclusivos ante PRODECON.
  • En su trayectoria ha atendido empresas de distintos sectores, como automotriz, aeroespacial, química, farmacéutica, retail, textil, confección, calzado, entre otros.

Capacitaciones y asesorías

Ha dado asesoría integral a empresas extranjeras para su establecimiento en México, en el diseño adecuado de su esquema de comercio exterior, de acuerdo a su operación aduanera y comercial.
Ha impartido capacitación especilizada a empresas en la materia y a autoridad aduanera y autoridades estatales.

Conferencista y panelista

  en distintos eventos de comercio exterior.