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Maquila y Submaquila en Comercio Exterior: Beneficios y obligaciones
En el boletín de esta semana abordaremos a detalle los conceptos de “maquila” y “submaquila”, en cuanto a sus características, beneficios y reglamentaciones para llevar a cabo operaciones bajo este esquema de trabajo. No sin antes mencionar que este tipo de operaciones son parte fundamental de la economía del país al ser uno de los sectores productivos más importantes debido a la estabilidad económica que desarrolla y empleos que genera, pues actualmente, más de 6,000 empresas operan bajo este esquema.
De acuerdo con el artículo 2, fracción III del Decreto IMMEX (DIMMEX) “maquila” se refiere al proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración, transformación o reparación de mercancías de procedencia extranjera importadas temporalmente para su exportación o para la prestación de servicios de exportación. De igual manera, dentro del segundo párrafo del artículo 181 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se enlistan algunas características con las que deben contar las empresas para ser catalogadas bajo este concepto, entre ellas destacan que las mercancías con las que operen deben ser suministradas por un residente en el extranjero con el que se tenga un contrato de maquila, además de que la maquinaria y equipo debe ser propiedad del residente en el extranjero, entre otras.
Así bien, bajo este esquema las empresas cuentan con distintos beneficios como al comercio exterior por medio del programa IMMEX que permiten, entre otros, lo siguiente:
- Importar temporalmente insumos difiriendo ciertas contribuciones permitiendo reducir costos en la operación.
- Acceder a créditos fiscales por concepto de IVA e IEPS a la importación.
- Aplicar una tasa del 0% valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando unos u otros se exporten (art. 29, LIVA).
Sumado a lo anterior, también facilita contar con un esquema de operación de submaquila o submanufactura bajo el programa IMMEX. Esta otra figura se define dentro del Decreto como los procesos industriales o de servicios relacionados directamente con la operación de manufactura de una empresa con Programa, pero realizados por persona distinta al titular del mismo (no necesita ser una empresa IMMEX).
En otras palabras, el “submaquilador” o “submanufacturero”, puede llevar a cabo procesos adicionales a las mercancías importadas temporalmente por el titular, toda vez que el titular no pueda llevarlo a cabo por alguna razón de negocios, capacidad productiva, etc. Generalmente, estos trabajos están relacionados con actividades de pulido, pintado, teñido, lavado, bordado, impresión, entre otras.
Ahora bien, al llevar a cabo dicho proceso, el titular del programa tiene la obligación de registrar al “submaquilador” o “submanufacturero” en su programa conforme al artículo 8 DIMMEX y a la regla 3.2.31. de las Reglas y Criterios de Secretaría de Economía, a fin de que la mercancía que importó al amparo del IMMEX, al momento de salir de sus domicilios, a la planta / domicilio del tercero, sea rastreable para la Secretaría de Economía, así como los domicilios donde permanecerá. Aunque algunas empresas presuman no obtener beneficios bajo este esquema, la realidad es que generan credibilidad ante empresas IMMEX y por consecuencia incrementan su competitividad, incluso son acreedoras a beneficios fiscales considerar como exportación de servicios, la prestación del servicio de submanufactura, aplicando la tasa del 0% en la proporción en la que los bienes objeto fueron exportados por la empresa con Programa IMMEX conforme a la regla 5.2.8. RGCE. No obstante, para realizarlo se debe contar con el “Reporte de exportaciones de operaciones de submanufactura o submaquila”, contenido en el Modelo 1.10 del Anexo 1, RGCE.
Por lo anterior, es necesario que el área de comercio exterior informe, a Secretaría de Economía, a través del aviso mensual, aquellas mercancías que se están transfiriendo de acuerdo con lo indicado en la regla 4.3.7. RGCE y la ficha de trámite 71/LA “Aviso mensual de transferencias para realizar operaciones de submaquila”.
Conforme lo anterior, es de suma importancia mantener actualizado el expediente correspondiente a cada empresa de submaquila registrada con la que mantengamos operaciones para asegurar el continuo cumplimiento de obligaciones.
En TRC Group contamos con un equipo de expertos en comercio exterior que siempre está dispuesto a ofrecer recomendaciones prácticas para facilitar la gestión de este y otros procesos de forma personalizada. No dudes en contactarnos para cualquier consulta o asistencia que necesites.