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Seguro Global de Transporte Anual
En este boletín abordaremos la importancia y los puntos clave para la correcta aplicación del seguro global de transporte en las operaciones de comercio exterior.
Al momento de efectuar importaciones, es probable que existan riesgos imprevistos que pueden poner en riesgo las mercancías y conlleven la perdida parcial o total de la carga. Por esto mismo, muchas empresas optan por contratar una póliza de seguro anual que cubra los trayectos y con ello evitar un mayor gasto de recursos y tiempo debido a las pérdidas.
Ahora bien, para gestionar de manera efectiva lo anterior, es fundamental entender el concepto de valor en aduana; el cual, hace referencia al monto equivalente del valor de los bienes que se pretenden ingresar al país mediante el despacho aduanero, incluyendo los gastos incrementables; como lo son fletes, seguros, embalajes, bienes y servicios, entre otros. Su importancia radica en que es uno de los aspectos clave en el cumplimiento de obligaciones fiscales, debido a que sirve como base para calcular los impuestos y contribuciones relacionados con el comercio exterior.
En este contexto, el artículo 117 del Reglamento de Ley Aduanera establece las condiciones que deben cumplir los importadores en caso de haber contratado un seguro global anual, disponiendo para ello de una modalidad para la determinación provisional de este valor, sujeta a los siguientes requisitos:
- Presentar un aviso ante la autoridad aduanera: “Aviso de opción para la determinación del valor provisional (seguro global de transporte)”, el cual se transmite en el pedimento con la clave ED, además de los documentos señalados en el artículo 36-A de la Ley Aduanera.
- Agregar el incremento al precio pagado por las mercancías, por concepto de “seguro”, considerando las siguientes opciones.
OPCIÓN 1
OPCIÓN 2
Aplica en caso de que el contribuyente inicie actividades de importación sin la cobertura de una póliza de este tipo o que en el año inmediato anterior no haya contratado una póliza de seguros global de transporte anual, ocasionando que no cuente con la información correspondiente del año anterior.
3. Presentar la rectificación de pedimento(s) dentro del mes siguiente a la fecha de vencimiento del plazo de cobertura del seguro global, corrigiendo el valor en aduana de las mercancías, determinado en forma provisional, apoyándose de declaraciones complementarias.
En conclusión, es importante tener en cuenta y vigilar la correcta aplicación y declaración de los incrementables sobre las mercancías en tus operaciones si cuentas con un seguro, además de conservar la información correspondiente que demuestre el valor utilizado y como se determinó; considerando que las facultades de comprobación que tiene la autoridad para verificar la veracidad de las cantidades declaradas en este apartado, en caso de detectar inconsistencias, tu empresa puede estar sujeta a sanciones que van desde multas por la presentación de datos inexactos hasta multas conforme al artículo 178, frac. I de la Ley Aduanera, que van desde el 130% al 150% de los impuestos al comercio exterior omitidos.
En caso de tener alguna duda o requerir atención especializada de este u otros temas relacionados, te recordamos que en TRC contamos con un equipo de expertos en materia de comercio exterior, por lo que no dudes en contactarnos para brindarte el soporte y la atención correspondiente.